Recursos laborales, sanitarios y sociales. T.S. Avafi.

 RECURSOS LABORALES, SANITARIOS Y SOCIALES

RECURSOS PARA TU VIDA LABORAL

  • LA INCAPACIDAD TEMPORAL (la baja)

Es un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas del trabajador producida por enfermedad común; es cuando por tu enfermedad te sientes incapaz de ir a trabajar y debes solicitar la baja médica a tu médico de cabecera, para sin ir a trabajar, seguir cobrando.

¿Qué requisitos son necesarios?

Por Enfermedad común: Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta y tener cubierto un período de cotización de 180 días en los 5 años anteriores.

¿Cuánto cobro?

La Seguridad Social paga el 60% de la base reguladora (figura en tu nómina) desde el 4 al 20 día de baja, y luego el 75% de la base reguladora desde el día 21 hasta el final.

Si tu empresa no tiene un convenio que cubra la diferencia hasta el 100%, durante la baja cobrarás menos.

¿Qué debo hacer?

Solicitar la baja médica a tu médico de cabecera y semanalmente ir a recoger los partes médicos de confirmación presentándolos en la empresa (o en el Servef si cobras desempleo, o en el CAISS si eres autónomo)

¿Durante cuánto tiempo puedo estar de baja?

Durante 365 días prorrogables por otros 180, sí durante este transcurso se prevé curación.

  • LA INCAPACIDAD PERMANENTE (la jubilación por enfermedad)

Habitualmente una vez transcurrido este período de incapacidad temporal, si tu situación médica no ha mejorado pasa a tener carácter definitivo y es necesario que realices una nueva valoración de tu situación, por lo que pasas a denominarse incapacidad permanente la cual puede clasificarse con diferentes grados:

Incapacidad permanente en un grado parcial: aquella que te ocasiona una disminución, no inferior al 33 %, para la realización de tu trabajo habitual.

-Incapacidad permanente total: te imposibilita la realización de todas o las tareas fundamentales de tu trabajo habitual, pero no te impide dedicarte a otro trabajo distinto.

-Incapacidad permanente absoluta: te impide por completo la realización de cualquier profesión u oficio.

-Gran invalidez: te produce pérdidas anatómicas o funcionales tan severas que necesitas la ayuda de otra persona para poder llevar a cabo las tareas cotidianas de la vida (vestirse, comer, andar, etc.)

Por otro lado debes saber que el reconocimiento de una incapacidad, independientemente del grado, lleva consigo el derecho a recibir una prestación económica que varía en función del grado que se te conceda y sobre todo, del tiempo que hayas estado cotizando a la Seguridad Social.

¿Qué requisitos son necesarios?

Los requisitos necesarios para cada prestación son:

-Debes estar afiliado/a y en alta en la Seguridad Social.

-El periodo de cotización que debes cumplir dependerá del grado de la incapacidad y de tu edad. Para más información puedes consultar con los centros de atención e información de la Seguridad Social (CAISS)

¿Qué debo hacer?

-Si estás de baja médica, no tienes que hacer nada ya que automáticamente te remitirán para valoración de la incapacidad permanente transcurridos los 12 meses de baja.

-Tanto si estás de baja médica como si no lo estás, puedes solicitarlo directamente en las oficinas del INSS.

¿Cuánto tiempo dura la incapacidad permanente?

Inicialmente se trata de una pensión hasta la edad de jubilación 65 años, que cambia de nombre en esta fecha pero no de cuantía, pero dependiendo de la edad del solicitante y su diagnóstico y pronóstico es cada vez más frecuente que se revisen a los 2 años. El pensionista también puede pedir la revisión tanto por agravamiento como por mejoría, mientras sea menor de 65 años.

RECURSOS SANITARIOS

  •  COBERTURA SANITARIA        

Para acceder al sistema sanitario de la Comunidad Valenciana es necesario disponer de la Tarjeta de Asistencia Sanitaria (TAS) que se tramita habitualmente en cualquier Centro de Salud (mostrador SIP).

Son varias las posibilidades de acceso a la cobertura sanitaria, por ejemplo:

-Tarjeta Sanitaria: Alta en Seguridad Social y Activo

-Tarjeta Sanitaria: Alta en Seguridad Social y Pensionista

-Tarjeta Sanitaria de otra Comunidad Autónoma

-Tarjeta Sanitaria: Sin Recursos

-Tarjeta Sanitaria Solidaria

-Tarjeta Sanitaria Discapacitados

-Tarjeta Sanitaria Embarazas

  • REINTEGRO DE GASTOS POR TRASLADO

Se trata de una subvención de la Consellería de Sanitat para cubrir los gastos de desplazamiento, hospedaje y manutención de usuarios remitidos por prescripción facultativa a centros sanitarios fuera de su provincia.

Te pagan parte del gasto por traslado al hospital, calculando los kilómetros de distancia que hay desde tu domicilio hasta el hospital donde te realizan el seguimiento.

Te pagan parte del gasto que genera la hospitalización, dietas de alojamiento y manutención para tu acompañante, si tiene que realizar gastos por alojarse o comer, presentando los tickets o facturas. Se paga como tope 36 €/día

¿Qué requisitos son necesarios?

Ser pacientes en lista de espera de transplante o transplantados, diálisis, rehabilitación, radioterapia o quimioterapia y desplazarse fuera de la provincia, para recibir asistencia sanitaria por esta patología, o a consecuencia de ella.

¿Cuándo puede solicitarse?

Durante todo el año, con derecho a 5 años de retroactividad.

¿Qué documentación debe presentarse?

Solicitud. Se puede descargar en http://www.gva.es/downloads/publicados/IN/19196_BI.pdf

Fotocopia del DNI/NIE

Fotocopia del SIP del paciente

Documento de acreditación bancaria (solo la primera vez, posteriormente se aportará fotocopia de la primera hoja de la cartilla del banco). Se puede descargar en http://www.gva.es/downloads/publicados/IN/07000_BI.pdf

Informe médico que indique el diagnóstico, la necesidad de acompañante y los días bien de ingreso o de visitas médicas

¿Dónde debe presentarse?

-Oficinas de Inspección Médica del Área correspondiente al domicilio habitual del usuario.

-Servicios de Atención al Usuario de su hospital, Centro de especialidades o Dirección de Atención Primaria.

-Dirección de Centros de Especialidades, Servicios Centrales de la Conselleria de Sanitat.

-Registro de las direcciones territoriales de Sanidad de Alicante, Castellón y Valencia

 

OTROS RECURSOS SOCIALES

– Orientación y mediación familiar

– Dependencia

– Embajadas y Consulados

– Mediación intercultural

– Escolarización domiciliaria

– Servicio psicopedagógico escolar

– Discapacidad

– Programa «Mayor a casa»

– Programa «Menjar en casa»

– Teleasistencia

– Servicio de Atención a domicilio

– ONG´s

– Albergue de transeúntes

– Centro de acogida de mujeres

– Centro de Día

– Centro de recepción de menores

– Centro residencial

– Comedor social

– Asociaciones

– Permiso de residencia por razones humanitarias.

– Espai Dones i Igualtat – EDI

Autora: Mª José Cervantes Muñoz. Diplomada en Trabajo Social por la Universidad de Navarra.Trabajadora Social de Avafi.

Actualizado Julio 2019

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